Nuevo éxito en el despacho de abogados JAVIER MERINO ABOGADOS.
En el año 2011, nuestra clienta contrató una tarjeta de crédito, para hacer pequeños pagos y compras en establecimientos. Entre 2011 y 2014, nuestra cliente usó dicha tarjeta en unas cuatro o cinco ocasiones, haciendo compras por un total de 1.700 €. A pesar que desde el año 2014 en adelante, no volvió a usar dicha tarjeta, nuestra clienta vino pagando religiosamente todos y cada uno de los recibos emitidos por CETELEM, sin que se produjeran impagos, ni devoluciones de recibos. A pesar de ello, a principios del 2018, aún le quedaba por devolver unos 1.600 € aproximadamente. Algo no cuadraba.
Extrañada por la situación, nuestra clienta decidió dejar de pagar. Ello provocó que CETELEM decidiera acudir al Juzgado, para reclamar a través de un procedimiento monitorio, la totalidad de la deuda acumulada hasta ese momento, y que según los cálculos de CETELEM, ascendía a 1.700 €.
Pues bien, una vez que nuestra clienta se pone en contacto con JAVIER MERINO ABOGADOS, y tras revisar el contrato, así como los pagos efectuados durante más de 7 años, pudimos descubrir que el interés remuneratorio exigido por la entidad ascendía a un tipo de interés nominal muy elevado, del 19,55 %TAE. Además la tarjeta de crédito, era de tipo ‘revolving’ lo que provocaba que la deuda pendiente generase todos los meses un interés muy elevado, el cual se sumaba a dicha deuda, haciendo que ésta fuera eterna.
Por ello, acudimos al juzgado a denunciar que los intereses remuneratorios fijados en el contrato eran usurarios y por tanto, solicitamos que nuestra clienta sólo tuviera que devolver la cantidad efectivamente dispuesta, debiendo BANCO CETELEM restituir las cantidades percibidas abusivamente en concepto de intereses y gastos.
El Juzgado de 1ª Instancia Nº4 de Oviedo, estimó íntegramente nuestras alegaciones, y declaró usurario y, por tanto, nulo el contrato de tarjeta de crédito por fijar un interés notablemente superior al normal del dinero: Logramos una rebaja de más de 1.000€ de la cantidad reclamada inicialmente por CETELEM, por lo que nuestra clienta – que había utilizado un total de 1.708 euros, y había pagado ya entre 2011 y 2014 la cantidad de 1.062 euros-, únicamente tuvo que devolver la diferencia, esto es, la cantidad de 646 euros.
Y además conseguimos que nuestra clienta evitase pagar las costas judiciales del BANCO CETELEM.
Desde el despacho JAVIER MERINO ABOGADOS estamos a su disposición para asesorarle y asistirle en materia de reclamaciones de nulidad por usura por préstamos y tarjetas de crédito, y otros productos, así como por cláusulas abusivas.













