#OBRAPROTEGIDA:
LICENCIAS CREATIVE COMMONS

El término “copyleft” tiene su origen en el mundo de software libre, y nace como contraposición a la palabra copyright (en inglés, literalmente «derecho de copia»). De este modo el copyleft, se presenta como una alternativa del copyright, a modo de licencia libre que otorga permisos de uso, copia, modificación y redistribución de la obra protegida bajo dicho licencia, al mismo tiempo que se intenta garantizar esas mismas libertades para cualquier receptor de una copia, o de una versión derivada.

La práctica habitual para conseguir este objetivo de explotación libre, copia, distribución y modificación de una creación o de un trabajo (y sus derivados) es la de ofrecerlo junto con una licencia o contrato, donde se estipule lo que cada propietario de una copia del trabajo puede hacer.

De este modo, bajo estas cuatro libertades básicas, cualquiera puede hacer uso de una obra así protegida, pero con una condición: A la hora de usarla, copiarla, redistribuirla y/o modificarla, el usuario debe asegurarse que los futuros usuarios de esa misma obra (usada, copiada redistribuida y/ o modificada) tengan las mismas libertades y condiciones no restrictivas de uso. Con este fin, la licencia debe asegurar que el propietario del trabajo derivado lo distribuirá bajo el mismo tipo de licencia, a modo de licencia o autorización en “cascada”.
El ejemplo más claro, lo tenemos en “Creative Commons”, una organización sin ánimo de lucro estadounidense, que gestiona las licencias homónimas, todas ellas de carácter gratuito.

Dichas licencias son “contratos de licenciamiento” o licencias de derechos de autor (licencias “CC”), basadas en modelo copyleft, de tal modo que con una licencia Creative Commons se mantienen los derechos de autor de una obra, pero se permite a otras personas copiar, distribuir y modificar dicha obra, siempre y cuando se reconozcan la correspondiente autoría, y se respeten las condiciones que especifique la licencia.

De este modo, hay varios tipos de licencias Creative Commons, en función de las condiciones de licenciamiento en las que se basen:

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Así, en función de las condiciones anteriores, éstas pueden ser combinadas de diferentes maneras, dando lugar a los siguientes tipos de licencias:

Sin título

Pero, ¿Cómo obtengo una licencia Creative Commons?

A través de la Web de creative commons. Es muy sencillo, sólo debes dirigirte a este enlace. Y una vez ahí, podemos elegir y configurar las condiciones de licencia bajo las que queremos que se rija nuestra página Web, blog, portfolio, obras audiovisuales, etc. Para ello, obtendremos un código HTML que deberemos pegar en nuestro sitio Web (puede ser a modo de widget, banner, etc.). Y así nuestra obra está bajo licencia Creative Commons, mediante un botón Creative Commons (ejemplo, “Algunos derechos reservados”) en tu sitio, cerca de vuestra obra. Este botón enlaza con las especificaciones de la licencia, de forma que todos puedan estar informados de les condiciones de la licencia. Si encuentras que tu licencia ha sido violada, entonces tendrás las bases para poder defender tus derechos.

Las licencias CC se pueden aplicar a cualquier tipo de trabajo, incluyendo recursos educativos, música, fotografías, bases de datos, información del gobierno y del sector público y muchos otros tipos de contenido creativo. Las únicas categorías de obras que CC no recomienda para sus licencias son programas informáticos y obras que ya no están protegidas por derechos de autor o de lo contrario, en el dominio público.

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