Desde el despacho JAVIER MERINO ABOGADOS – presente en Gijón, Oviedo, Avilés, Mieres, Llanes, y el resto de Asturias -, queremos pasar ahora a hablar de otro tipo de delitos contra la seguridad vial, como son los delitos por excesos de velocidad, ejemplo de delitos que pueden ser tramitados mediante juicio rápido, y para lo cual es esencial un buen abogado penalista.
El artículo 379.1 del Código Penal, especifica las conductas que son castigables penalmente: Conducir a una velocidad superior en 60 km/hora en vía urbana, o en 80 km/hora en vía interurbana, con respecto a la permitida reglamentariamente.
Así, a modo de ejemplo podemos señalar, que:
– En vías urbanas, con límite de velocidad (genérico) de 50 Km/h, y a falta de otra señalización, se cometería delito contra la seguridad vial, al circular con un vehículo a más de 110 Km/hora.
– En vías interurbanas, en un tramo concreto, con límite de velocidad de 100 Km/h, y a falta de otra señalización, se cometería delito contra la seguridad vial, al circular con un vehículo a más de 190 Km/hora.
Así, tal y cómo dispone el Artículo 379. 1 del Código Penal, estas conductas pueden suponer la imposición de alguna de las siguientes penas:
1.- Pena de prisión de 3 a 6 meses.
2.- Pena de Multa económica de 6 a 12 meses (a razón de una cantidad determinada entre los 2€ y los 400 € al día, teniendo el mes 30 días).
3.- Trabajos en Beneficio de la Comunidad, con un duración de entre 31 a 90 días.
Además de la imposición de una de las tres penas anteriormente señaladas, siempre se producirá la imposición de una pena de prohibición de conducir vehículos a motor (“la retirada del carné de conducir”), por un plazo de entre 1 a 4 años.
Estadísticamente, los delitos por exceso de velocidad representan menos del 1% de los delitos contra la seguridad vial cometidos en España, que son objeto de procesamiento penal (En el año 2014, de 108.843 procedimientos incoados, “sólo” 752 lo fueron por exceso de velocidad).La inmensa mayoría de estos procedimientos, se tramitan a través de la figura de los juicios rápidos, sobre lo cual ya tuvimos la oportunidad de hablar en post anteriores.
Sin perjuicio de lo anterior, y para aquellos supuestos en los que el exceso de velocidad, no supere los límites antes señalados, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LSV), como todos sabemos, tipifica como infracción administrativa o muy grave (artículo 65.4 y 5), el hecho de “No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV”, así como ”Circular en un tramo a una velocidad media superior a los límites establecidos reglamentariamente, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV”. Dichas infracciones, van acompañadas de sanciones y detracción de puntos por exceso de velocidad. Pero de esto, ya tendremos ocasión de hablar de ello, más adelante.
Desde el despacho JAVIER MERINO ABOGADOS – presente en Gijón, Oviedo, Avilés, Mieres, Llanes, y el resto de Asturias -, insistimos una vez más: La asistencia de un buen abogado penalista en materia de delitos contra la seguridad vial, es esencial a los efectos de lograr la absolución, o en su caso para minimizar las posibles consecuencias legales de este tipo de ilícitos, tramitados en su mayoría a través de juicio rápido. Estas claves deberán ser tenidas en cuenta a la hora de desarrollar una buena estrategia de defensa, o incluso cuando haya muchas dificultades para alcanzar acuerdos con el Ministerio Fiscal.